Cada certificado de profesionalidad tiene un módulo de formación práctica en centros de trabajo asociado que no se corresponde a ninguna unidad de competencia pero hace falta haberlo realizado y superado para poder obtener el certificado de profesionalidad.
Este módulo se tendrá que realizar preferentemente una vez se haya superado el resto de módulos formativos de cada certificado de profesionalidad, aunque también podrá realizarse simultáneamente a la realización de éstos. En ningún caso se podrá programar este módulo de manera independiente.
La realización de este módulo se hará a través de convenios y/o acuerdos entre los centros formativos y los centros de trabajo (sin perjuicio de su sujeción al régimen contemplado por las prácticas laborales en empresas). El tutor de este módulo será la persona responsable de acordar el programa formativo con la empresa y de realizar, junto con el tutor designadopor la empresa, el seguimiento y la evaluación de los alumnos. Por eso, el programa formativo incluirá criterios de evaluación a observar y medir.
Estarán exentos de realizar el módulo de prácticas, los alumnos de los programas de formación en alternancia con el trabajo en el área del correspondiente certificado, y también las personas que puedan acreditar una experiencia laboral mínima de 3 meses que se corresponda con las capacidades contempladas en este módulo.